Las voluntades anticipadas (DVA) o el testamento vital es un documento mediante el cual una persona mayor de edad, con capacidad suficiente y de manera libre, expresa las instrucciones que hay que tener en cuenta cuando se encuentre en una situación en que las circunstancias no le permitan expresar personalmente su voluntad.

Este documento:

  • Posibilita el conocimiento por parte del profesional sanitario de los deseos y valores que puedan influir en las decisiones asistenciales futuras que afecten a las personas enfermas cuando no puedan decidir por sí mismas.
  • Se incorpora a la historia clínica del paciente.
  • e puede inscribir al Registro de Voluntades Anticipadas del Departamento de Salud, De este modo el documento queda incorporado a la historia clínica compartida de los pacientes y también puede ser visualizado en el resto del Estado Español.
  • Se formalizar ante un notario o ante 3 testigos.
  • La inscripción no es obligatoria si se cumplen los requisitos: formalización ante notario o de tres testigos.

El trámite se formaliza mediante uno de los procedimientos siguientes:

  • Ante notario. En este caso no hace falta la presencia de testigos.
  • Ante tres testigos Estas personas deben ser mayores de edad y con plena capacidad de obrar. Además, como mínimo dos de ellos, no tienen que tener relación de parentesco hasta el segundo grado ni estar vinculados por relación patrimonial con el otorgante.

Si el documento se ha formalizado ante notario, previa solicitud de la persona, será éste el que se encargue de hacer la inscripción en el Registro.

Si se ha formalizado ante testigos, e puede entregar en el centro hospitalario y/o centro de atención primaria o personalmente al Registro de Voluntades Anticipadas para formalizar la inscripción, adjuntando la documentación necesaria.

La inscripción en el Registro determina la incorporación del documento en un fichero automatizado que permitirá la consulta de las Voluntades Anticipadas por parte del personal médico en caso de necesidad.

No hay un modelo de declaración oficial, puesto que tiene carácter de declaración personal. Cada documento puede ser diferente; no existe ningún organismo que regule el contenido.

Sin embargo, se puede encontrar un modelo orientativo del documento de Voluntades Anticipadas en la web de la Generalitat de Catalunya

Formulario de solicitud de la inscripción al registro, se puede descargar desde la web de la Oficina virtual de trámites de la Generalitat de Catalunya.