Respir Plus es un programa de ayudas económicas para mejorar la calidad de vida de las personas cuidadoras y de las personas mayores de quienes tienen cuidado en su domicilio. La fecha límite para hacer la solicitud y tramitación finaliza el 15 de noviembre de 2020.

Las personas mayores pueden solicitar una de las dos modalidades de ayudas, que servirán para satisfacer el pago de:

  1. Estancias temporales limitadas en centros residenciales privados para personas mayores
  • La ayuda económica se otorgará en función de las rentas disponibles de la persona solicitante (máximo 60 euros/día y 45 días al año).
  • Las estancias se pueden distribuir a lo largo del año, en tantos periodos como se desee, en función de las necesidades de las personas cuidadoras.
  • Cada uno de estos periodos pueden ser en un mismo centro o en tantos centros como la persona decida.
  • La persona solicitante tiene que buscar el centro o los centros privados donde disfrutar de la estancia y acordar con estos las condiciones y la forma de pago.
  • El centro escogido puede estar en cualquier lugar de Cataluña y debe figurar en el registro de centros residenciales para personas mayores de la Generalitat de Catalunya.
  • Si la persona decide disfrutar de una estancia durante más días del máximo previsto o con un coste superior a la ayuda otorgada, la diferencia de coste irá a su cargo.
  1. Prestación de servicios privados de atención domiciliaria para personas mayores
  • La ayuda económica se otorgará en función de las rentas disponibles de la persona solicitante (máximo 14,50 euros/hora de servicio, con un máximo de 186 horas).
  • La persona solicitante tiene que buscar la empresa prestadora del servicio y acordar con esta todas las condiciones: precio/hora, servicio prestado, días de servicio, etc.
  • La empresa prestadora del servicio debe estar dada de alta en el registro de establecimientos y servicios sociales de la Generalitat de Catalunya (RESES) como empresa de servicio de ayuda a domicilio (SAD).
  • La totalidad de días otorgados se pueden disfrutar en tantos periodos diferentes como la persona o familia cuidadora deseen.
  • El servicio se tiene que prestar en el domicilio habitual de la persona solicitante.

Solo se puede elegir una de las dos modalidades de ayudas de Respir Plus, y son incompatibles con el disfrute de una estancia en el recinto de Llars Mundet del programa Respir de la Diputación de Barcelona.

Más información: https://ajuntament.barcelona.cat/lescorts/es/noticia/ya-se-puede-solicitar-el-programa-de-ayudas-a-la-gente-mayor-respir-plus_965440

Fuente: https://ajuntament.barcelona.cat/